Cómo incluir en el recibo de salarios los complementos por incapacidad temporal
En el programa los complementos se pueden configurar en los datos del convenio y después traspasar a la empresa.
O bien directamente en la empresa, a través del botón [Complem].
Tenemos que tener en cuenta que solamente se aplicarán si los tiene la empresa. Por ello muy importante que si los gestionamos desde convenio nos acordemos de traspasarlo a la empresa.
Una vez dentro de Mantenimiento de Complementos podemos distinguir en función de la incidencia entre: enfermedad (a la izquierda) o bien accidente (a la derecha).
También podemos establecer un porcentaje distinto para los días de hospitalización.
Con respecto al cálculo puede ser: a base reguladora o a salario. (se explican más adelante).
Y por último podemos indicar distintos porcentajes por tramos de días. (del 1 al 3 el 80%, del 4 al 15 el 90%, etc)
Recuerde que en los [Datos Auxiliares] del trabajador tiene una opción que le permitirá desactivar el “complemento” únicamente para ese trabajador.
COMPLEMENTO A BASE REGULADORA
Al calcular la nómina se mostrarán los tramos correspondientes a los diferentes días de la incidencia.
En la columna [Importe] se muestra la retribución salarial de acuerdo con la ley (a cargo de la empresa o a cargo de la Seguridad Social). En la columna [Complemento] se muestra el importe a complementar por la empresa de acuerdo con lo indicado en los Datos Empresa.
Nota: tenga en cuenta que en la prestación se incluye el importe de las pagas extras aunque el trabajador no tenga las pagas prorrateadas; por eso cuando se calcule la paga extra se descontará los días de la baja. (si bien, en la configuración de la paga extra se puede modificar su cálculo).
Este es el motivo por el cual puede suceder que un trabajador que no tenga las pagas prorrateadas cobre un importe superior en un mes de baja que en uno trabajado, si bien ese importe se descontará al cobrar la paga.
COMPLEMENTO A SALARIOS
Si se configura la empresa con complementos a salarios hay que determinar que conceptos se complementan en caso de incidencia. Para ello, en [Mantenimiento>Datos Auxiliares>Conceptos Salariales] podrá ver o modificar su configuración:
La aplicación complementará los conceptos que tienen indicado una [S].
CÁLCULO DE LA NÓMINA CON COMPLEMENTO A SALARIOS
IMPORTE DE NÓMINA CON COMPLEMENTO = CONCEPTOS QUE SE COMPLEMENTAN + EXCESO COTIZABLE DE CONCEPTOS QUE NO SE COMPLEMENTAN AL 60% ó 75% ( ya que se incluyen en la prestación de la Seguridad Social)
Importante: en el complemento a salarios solamente se muestran importes en la columna [Complementos] relativos a las prestaciones adicionales por cotización por conceptos que cotizan y no se complementan. Para nuestro ejemplo, sería el plus de transporte, siendo el importe diario 1,883 euros, con lo que en cada tramo, se aplicará el 60% o el 75% de ese importe por los días que correspondan.
O bien directamente en la empresa, a través del botón [Complem].
Tenemos que tener en cuenta que solamente se aplicarán si los tiene la empresa. Por ello muy importante que si los gestionamos desde convenio nos acordemos de traspasarlo a la empresa.
Una vez dentro de Mantenimiento de Complementos podemos distinguir en función de la incidencia entre: enfermedad (a la izquierda) o bien accidente (a la derecha).
También podemos establecer un porcentaje distinto para los días de hospitalización.
Con respecto al cálculo puede ser: a base reguladora o a salario. (se explican más adelante).
Y por último podemos indicar distintos porcentajes por tramos de días. (del 1 al 3 el 80%, del 4 al 15 el 90%, etc)
Recuerde que en los [Datos Auxiliares] del trabajador tiene una opción que le permitirá desactivar el “complemento” únicamente para ese trabajador.
COMPLEMENTO A BASE REGULADORA
Al calcular la nómina se mostrarán los tramos correspondientes a los diferentes días de la incidencia.
En la columna [Importe] se muestra la retribución salarial de acuerdo con la ley (a cargo de la empresa o a cargo de la Seguridad Social). En la columna [Complemento] se muestra el importe a complementar por la empresa de acuerdo con lo indicado en los Datos Empresa.
Nota: tenga en cuenta que en la prestación se incluye el importe de las pagas extras aunque el trabajador no tenga las pagas prorrateadas; por eso cuando se calcule la paga extra se descontará los días de la baja. (si bien, en la configuración de la paga extra se puede modificar su cálculo).
Este es el motivo por el cual puede suceder que un trabajador que no tenga las pagas prorrateadas cobre un importe superior en un mes de baja que en uno trabajado, si bien ese importe se descontará al cobrar la paga.
COMPLEMENTO A SALARIOS
Si se configura la empresa con complementos a salarios hay que determinar que conceptos se complementan en caso de incidencia. Para ello, en [Mantenimiento>Datos Auxiliares>Conceptos Salariales] podrá ver o modificar su configuración:
La aplicación complementará los conceptos que tienen indicado una [S].
CÁLCULO DE LA NÓMINA CON COMPLEMENTO A SALARIOS
IMPORTE DE NÓMINA CON COMPLEMENTO = CONCEPTOS QUE SE COMPLEMENTAN + EXCESO COTIZABLE DE CONCEPTOS QUE NO SE COMPLEMENTAN AL 60% ó 75% ( ya que se incluyen en la prestación de la Seguridad Social)
Importante: en el complemento a salarios solamente se muestran importes en la columna [Complementos] relativos a las prestaciones adicionales por cotización por conceptos que cotizan y no se complementan. Para nuestro ejemplo, sería el plus de transporte, siendo el importe diario 1,883 euros, con lo que en cada tramo, se aplicará el 60% o el 75% de ese importe por los días que correspondan.
Categorías